IES Vasco de la Zarza

El hombre que se levanta es más grande que el que nunca ha caído.

IES Vasco de la Zarza

No agotes las convocatorias

No agotes las convocatorias

No agotes las convocatorias

CONVOCATORIAS

CICLOS FORMATIVOS DE GRADO MEDIO Y GRADO SUPERIOR
  • El módulo de FCT solo podrá ser evaluado en dos convocatorias ordinarias.
  • El resto de los módulos profesionales podrán ser objeto de evaluación en cuatro convocatorias ordinarias.
  • Para todos los módulos profesionales, excepto el de FCT, se podrá conceder un máximo de dos convocatorias extraordinarias, cuando concurran causas de enfermdad, discapacidad, accidente, atención a familiares, trabajo puntuales o excepcionales u otras que condicionen o impidan el desarrollo ordinario de los estudios.
  • La matrícula en primer y segundo curso implica la evaluación de los módulos en dos convocatorias, salvo el módulo de FCT que implica la evaluación en una convocatoria
CICLOS FORMATIVOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL BÁSICA
  • Los alumnos/as matriculados tendrán derecho a un máximo de dos convocatorias anuales cada uno de los cuatro años, en que puede estar cursando un ciclo de formación porfesional básica, excepto el módulo de "FCT" que podrá ser objeto de evaluación solo en dos convocatorias.
  • Sin superar el plazo máximo establecido de permanencia (cuatro años), podrán repetir cada uno de los cursos una segunda vez, previo informe favorable del equipo educativo.
RENUNCIA A MATRÍCULA

 

DIFERENCIAS EN LA RENUNCIA A MATRÍCULA Y RENUNCIA A CONVOCATORIA EN CICLOS FORMATIVOS
RENUNCIA A MATRÍCULA RENUNCIA A CONVOCATORIA 
Solicitud dirigida al Director del IES Vasco de la Zarza

no   PDF_Solicitud-Renuncia

Solicitud dirigida al Director del IES Vasco de la Zarza
no  PDF_Solicitud-Renuncia       
noPDF_Declaracion_Responsable

Documentación acreditativa (es obligatorio acreditarlas documentalmente y/o presentar una declaración responsable):
  • Enfermedad prolongada o  accidente del alumno 
  • Incorporación a un puesto de trabajo en horario incompatible con las enseñanzas del ciclo
  • Obligaciones de tipo personal o familaiar que impidan la normal dedicación al estudio
  • Otras circunstancias extraordinarias aprecidas por el director de centro donde curso el ciclo
                                                                        
Plazo: dentro del primer trimestre escolar Plazo: antelación mínima de un mes a la evaluación final de los módulos profesionales que solicita renuncia
Efectos:
  • Causará BAJA en todos los módulos profesionales en que esté matriculado 
  • No computará a efectos de convocatorias consumidas
  • Perderá el derecho de reserva de plaza, en el futuro deberá concurrir al procedimiento general de admisión
Efectos:
  • Causará "RENUNCIA A CONVOCATORIA" en todos los módulos profesionales que hayan sido objeto de renuncia 
  • No computará a efectos de convocatorias consumidas
Resolución: en el plazo máximo de cinco días naturales se comunicará al interesado y se incorporará una copia al expediente Resolución: en el plazo máximo de cinco días naturales, se comunicará al interesado y se incorporará una copia al expediente

 

SOLICITUD DE CONVOCATORIAS EXTRAORDINARIAS

CICLOS FORMATIVOS DE GRADO MEDIO Y GRADO SUPERIOR

  • Una vez agotadas las cuatro convocatorias ordinarias en alguno de los módulos profesionales, excepto el de "FCT", se podrán conceder un máximo de dos convocatorias extraordinarias cuando concurran causas de enfermedad, discapacidad, accidente, atención a familiares, trabajos puntuales o excepcionales  otras que condicionen o impidan el desarrollo ordinario de los estudios
  • La solicitud de convocatoria extraordinaria en un módulo profesional, se dirigirá al Director de IES Vasco de la Zarza, junto con los documentos que acrediten la concurrencia de las circusntancias señaladas. Se presentará en el momento de realizar la matrícula.
  • El Director remitirá dicha toda la documentación a la Dirección Provincial de Educación, junto con un informe valorativo y la certificación académica personal
  • Resolverá el Director Provincial de Educación , previo informe del Área de Inspección Educaiva, concediendo o no la convocatoria extraordinaria.
NORMATIVA
  • ORDEN EDU/2169/2008, de 15 de diciembre, por la que se regula el proceso de evaluación y la acreditación académica de los alumnos que cursen enseñanzas de formación profesional inicial en la Comunidad de Castilla y León.
  • ORDEN EDU/1103/2014, de 17 de diciembre, por la que se regula el proceso de evaluación y la acreditación académica del alumnado que curse las enseñanzas de Formación Profesional Básica en la Comunidad de Castilla y León, y se modifica la Orden EDU/2169/2008, de 15 de diciembre, por la que se regula el proceso de evaluación y la acreditación académica de los alumnos que cursen enseñanzas de formación profesional inicial en la Comunidad de Castilla y León.